El mercado financiero se prepara para competir por los millones que hay detrás del FAL


El mercado financiero argentino tiene marcada una fecha clave: el 1° de junio de 2026. Ese día podría entrar en vigencia el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), uno de los instrumentos más relevantes incluidos en la Ley de Modernización Laboral Nº 27.802, promulgada en marzo de este año.

Aunque aún resta la reglamentación definitiva, el sector financiero y empresarial ya comenzó a prepararse para un esquema que podría canalizar entre u$s1.500 millones y u$s2.100 millones anuales hacia el mercado de capitales local.

El FAL no elimina la indemnización por despido. La novedad radica en cómo se financiará ese costo. En lugar de afrontar un pago elevado e inesperado al momento de una desvinculación, las empresas realizarían aportes mensuales a un fondo administrado por entidades autorizadas por la Comisión Nacional de Valores (CNV). Esos recursos se invertirán y acumularán hasta que deban utilizarse para cubrir obligaciones laborales.

Cómo funcionará el Fondo de Asistencia Laboral

El mecanismo apunta especialmente a resolver uno de los mayores problemas de las pymes: el impacto financiero de una indemnización inesperada. Hoy, un despido puede generar un fuerte desequilibrio de caja e incluso derivar en litigios si la empresa no cuenta con liquidez suficiente. Con el FAL, el costo deja de ser un pasivo contingente para transformarse en un gasto previsible y distribuido en el tiempo.

Los fondos se nutrirán de una redistribución de aportes patronales ya existentes. Del 17% que actualmente las empresas destinan a contribuciones previsionales, una parte iría al FAL: el 1% en el caso de grandes compañías y el 2,5% para pymes. Según el esquema previsto, esto no implicaría un costo adicional para las empresas, sino una reasignación de recursos ya abonados.

El patrimonio acumulado sería inembargable y de uso exclusivo para obligaciones laborales. Además, los rendimientos obtenidos por las inversiones estarían exentos de Impuesto a las Ganancias e IVA. En caso de despido, una vez instruido el pago, la administradora tendría hasta cinco días hábiles para transferir los fondos correspondientes.

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El sector financiero y empresarial ya comenzó a prepararse para un esquema que podría canalizar entre u$s1.500 millones y u$s2.100 millones anuales.

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El impacto para empresas y trabajadores

Desde el plano jurídico, especialistas sostienen que el sistema no reduce derechos laborales, sino que busca garantizar el cumplimiento efectivo de las indemnizaciones. La abogada laboralista Silvana Iudkovsky explicó que el FAL convierte un costo incierto en uno planificable, aportando mayor previsibilidad a las empresas y reforzando la expectativa del trabajador de cobrar en tiempo y forma.

El sistema también promete aliviar la presión financiera sobre las pymes, que suelen enfrentar mayores dificultades de liquidez ante despidos o conflictos laborales. La acumulación previa de fondos permitiría reducir el riesgo de mora, incumplimientos y litigios.

La vuelta del inversor institucional

Sin embargo, el impacto potencial del FAL va mucho más allá del mercado laboral. Analistas financieros consideran que el nuevo esquema podría devolverle a la Argentina un actor prácticamente desaparecido desde la estatización de las AFJP en 2008: el inversor institucional de largo plazo.

Según estimaciones privadas y análisis de Adcap Grupo Financiero, el volumen de dinero administrado podría convertirse en una fuente estable de financiamiento para instrumentos locales como bonos, obligaciones negociables, cauciones bursátiles, fondos CER, Dólar Linked e incluso acciones. Para un mercado de capitales históricamente pequeño y con escasa profundidad, el ingreso de entre u$s1.500 millones y u$s2.100 millones anuales podría representar un cambio estructural.

El economista Adrián Moreno sostuvo que el FAL permitiría transformar parte del costo laboral en ahorro institucional administrado financieramente. Eso implicaría la aparición de un comprador recurrente de activos locales, capaz de aportar mayor volumen, previsibilidad y duración al mercado.

Desde MAE informaron que se trata de un procedimiento que se enmarca dentro del artículo 31 de la ley 26.831 de Mercado de Capitales.

El FAL permitiría transformar parte del costo laboral en ahorro institucional administrado financieramente.

El FAL permitiría transformar parte del costo laboral en ahorro institucional administrado financieramente.

La competencia entre las gestoras del mercado financiero

La creación del FAL también abrió una fuerte competencia entre las administradoras de fondos comunes de inversión y los fideicomisos financieros habilitados por la CNV, que serán los únicos actores autorizados para gestionar estos recursos. Actualmente, las gestoras bancarias dominan la industria: Santander y Galicia concentran más de un cuarto del patrimonio administrado en fondos comunes de inversión del país.

Pero el tamaño no será el único factor relevante. Las empresas deberán evaluar cómo invierte cada administradora, qué nivel de riesgo asume y qué experiencia tiene en la gestión de carteras de mediano y largo plazo. Mientras muchas entidades mantienen la mayor parte de sus activos en fondos Money Market de muy corto plazo, otras ofrecen productos más sofisticados, vinculados a inflación, dólar o renta corporativa.

La decisión de elegir una administradora será clave porque dos compañías que realicen aportes similares podrían obtener resultados muy distintos dependiendo de la estrategia de inversión aplicada. La ley establece un tope de comisión del 1% anual, por lo que la competencia pasará más por el rendimiento, la experiencia y la calidad operativa que por el precio.

Cuenta regresiva para la reglamentación

Pese a la expectativa generada, todavía resta conocer la reglamentación definitiva del Ministerio de Economía y de la CNV. Con la fecha de entrada en vigencia acercándose rápidamente, el sector financiero ya comenzó a posicionarse, mientras las empresas deberán acelerar el análisis para definir qué tipo de FAL se ajusta mejor a sus necesidades y perfil de riesgo.


Fuente: AMBITO

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